Cómo funcionan las retenciones del ISR e ISV ante el SAR en Honduras
Cuándo aplica retención ante el SAR, cómo registrarla, qué constancias pedir y cómo evitar pagar dos veces el mismo impuesto.
Nompli
Equipo Nompli
Introducción: retenciones como mecanismo de recaudo anticipado
En Honduras, las retenciones de ISR e ISV son un mecanismo por el cual ciertos contribuyentes (agentes de retención designados por el SAR) descuentan un porcentaje del pago que hacen a proveedores o prestadores de servicios y lo enteran directamente al SAR. El objetivo es anticipar la recaudación y reducir la evasión.
Para tu pyme, las retenciones operan en dos direcciones: como retenedor (cuando pagas a terceros y debes practicar la retención) y como retenido (cuando tus clientes te descuentan un porcentaje y te entregan una constancia). En ambos casos, el control documental es la diferencia entre cumplir correctamente y pagar dos veces.
Esta guía cubre ambos roles con ejemplos en lempiras, checklist de cierre y errores frecuentes. Lee también /blog/isr-honduras-pymes-freelancers-guia para la guía integral del ISR y /blog/isv-honduras-guia-pymes-sar para el ISV.
¿Cuándo aplica retención de ISR?
La retención de ISR aplica típicamente cuando contratas servicios profesionales (abogados, contadores, consultores, desarrolladores, diseñadores) y otras operaciones que la legislación hondureña define como sujetas a retención. El agente descuenta un porcentaje del pago bruto y lo entera al SAR dentro del plazo establecido.
Las tasas de retención varían según el tipo de operación y la condición del beneficiario (persona natural o jurídica, residente o no residente). Verifica la tasa aplicable en la normativa vigente del ISR hondureño en sar.gob.hn. Aplicar una tasa incorrecta genera diferencias tanto para el agente como para el retenido.
Si te practican retención, esa cantidad funciona como pago a cuenta de tu ISR anual. La registras como crédito y la descuentas en tu declaración anual. Sin la constancia con tus datos (RTN) correctos, pierdes ese crédito y terminas pagando el ISR completo más lo que ya te retuvieron.
¿Cuándo aplica retención de ISV?
La retención de ISV aplica en operaciones específicas definidas por el SAR, generalmente cuando un gran contribuyente o agente designado paga a un proveedor contribuyente del ISV. El porcentaje de retención del ISV se descuenta del pago y se entera al SAR por cuenta del proveedor.
Como proveedor retenido, esa retención de ISV se descuenta en tu declaración mensual del ISV: reduces el monto a pagar con la constancia de retención. Sin la constancia, no puedes acreditar la retención y terminas pagando más ISV del que debes.
Dos sillas: retenedor vs retenido
Como retenido: registra el ingreso bruto, la retención y el neto recibido. Archiva la constancia con RTN correcto, monto, período y tipo de impuesto. Cruza con tu factura emitida. En la declaración mensual del ISV descuenta las retenciones de ISV; en la declaración anual del ISR, descuenta las retenciones de ISR sufridas.
Como retenedor: practica la retención sobre el monto correcto con la tasa vigente, emite constancia al proveedor dentro del plazo, declara y entera el monto retenido al SAR, y guarda evidencia del entero. Si omites la retención cuando corresponde, la deducción del gasto se debilita y cargas con responsabilidad solidaria.
Identifica al inicio de cada relación comercial si la operación está sujeta a retención. No asumir 'nunca aplica' sin verificar: el desconocimiento no exime de la obligación y el SAR puede aplicar la responsabilidad retroactivamente.
Ejemplo: retención ISR por honorarios profesionales
Pyme contrata contador externo por L 25,000 mensuales. Si la norma exige retener el 12.5% de ISR sobre honorarios: L 3,125 de retención. La pyme paga L 21,875 netos al contador + ISV correspondiente por separado. Entera L 3,125 al SAR mensualmente y emite constancia.
El contador registra los L 3,125 como crédito contra su ISR anual. En 12 meses: L 37,500 de retenciones sufridas que descuenta del ISR determinado. Si no archiva las constancias, pierde ese crédito y paga el ISR completo sin considerar lo ya retenido.
Si la pyme no retiene, pierde solidez en la deducción del gasto de L 25,000 mensuales (L 300,000 anuales) y se expone como agente. Ambos pierden por la misma omisión: uno pierde deducción, el otro pierde crédito.
Ejemplo: pyme como agente de retención masivo
Empresa de construcción contrata 12 proveedores mensuales entre ingenieros, arquitectos y subcontratistas. Total honorarios: L 500,000/mes. Retenciones ISR practicadas: L 62,500/mes (estimando 12.5%). Si no entera esos L 62,500 en plazo, la sanción recae sobre la empresa como agente, no sobre los proveedores.
Además, los L 500,000 en honorarios pierden respaldo como gasto deducible si falta la retención correspondiente. El control requiere un auxiliar mensual por proveedor: monto bruto, retención ISR, retención ISV si aplica, neto pagado, fecha de pago y constancia emitida.
Sin ese registro, el cierre se vuelve reconstrucción. Cada proveedor debe tener su línea en el auxiliar con datos verificados contra factura y transferencia bancaria. El costo de no llevar este control es siempre mayor que el costo de mantenerlo.
Constancias y cruce documental
Pide y archiva constancias con RTN, montos y período correctos. Un desfase de mes o un RTN mal escrito invalida el beneficio práctico. Concilia mensualmente: facturado vs cobrado vs retenido. Esa tríada evita sorpresas en la declaración del ISV o del ISR.
Lleva el auxiliar en formato digital: proveedor/cliente, RTN, tipo de retención (ISR o ISV), monto bruto, tasa aplicada, monto retenido, neto pagado/cobrado, número de factura, número de constancia y estado del entero (pagado/pendiente). Cruza con extractos bancarios antes de declarar.
Cuando el auxiliar cuadra con la cuenta bancaria y con las facturas, sabes que tu declaración reflejará la realidad. Cuando hay descuadres, hay errores que debes resolver antes de presentar.
Errores frecuentes con retenciones en Honduras
No enterar la retención: el monto retenido es deuda con el SAR desde que lo descontaste del pago al proveedor. La sanción por entero tardío incluye recargos e intereses. Aplicar tasa incorrecta: genera diferencias que el SAR detecta al cruzar la retención declarada por el agente con la acreditada por el retenido.
Perder constancias: el retenido pierde el crédito y termina pagando doble. No conciliar retenciones con facturas: montos distintos entre factura, pago y retención generan inconsistencias. Asumir que la operación no está sujeta a retención sin verificar la norma: el SAR aplica responsabilidad retroactiva.
Acumular ajustes para después: corrige en el período correspondiente; la acumulación multiplica sanciones. No emitir constancia al proveedor dentro del plazo: perjudica al retenido aunque el agente haya enterado correctamente.
Checklist mensual de retenciones
1. Identifica operaciones del mes sujetas a retención. 2. Practica retención con la tasa correcta verificada en sar.gob.hn. 3. Emite constancia al proveedor con RTN, monto y período. 4. Declara y entera las retenciones dentro del plazo ante el SAR.
5. Registra retenciones sufridas y cruza con factura y pago bancario. 6. Concilia el auxiliar con extracto y facturas. 7. Archiva todo por período. 8. Usa la calculadora de retenciones como apoyo aritmético.
Preguntas frecuentes
¿La retención que me aplican es gasto?
No: es un pago a cuenta de tu impuesto. La descuentas en tu declaración, no la deduces como gasto. ¿Qué pasa si mi cliente no me da constancia? Insiste por escrito y documenta tu solicitud; sin constancia, pierdes el crédito.
¿Puedo compensar retenciones de ISV con ISR?
No; cada retención se acredita contra su propio impuesto. ¿El agente puede no retener si el proveedor se lo pide? Si la norma obliga a retener, el agente no puede omitirla por acuerdo comercial.
Impacto financiero de las retenciones en tu flujo de caja
Las retenciones afectan el flujo de caja en ambos sentidos. Como agente retenedor, debes descontar un porcentaje del pago a proveedores y enterarlo al SAR. Ese dinero sale de tu cuenta dos veces: una al proveedor (neto) y otra al SAR (retención). Si no planificas, puedes encontrarte con saldos bancarios insuficientes al momento del entero. Para una pyme que paga L 200,000 mensuales en honorarios con retención del 12.5%, eso significa separar L 25,000 adicionales para el SAR cada mes (~USD 1,008).
Como retenido, el impacto es inverso: cobras menos de lo facturado pero acumulas créditos contra tu ISR anual. El problema surge cuando el flujo de caja se planifica sobre el monto bruto facturado pero solo llega el neto. Un freelancer que factura L 80,000 y cobra L 70,000 (después de retención de L 10,000) debe presupuestar su vida sobre los L 70,000, no sobre los L 80,000. Los L 10,000 retenidos son un crédito futuro, no efectivo disponible actualmente.
La conciliación entre retenciones practicadas y enteradas es crítica para el cierre. Si practicaste retenciones por L 150,000 en el trimestre pero solo enteraste L 120,000, debes L 30,000 al SAR con recargos. Esa diferencia suele originarse en retenciones del último mes que quedan pendientes de entero. Automatiza el registro: cada pago con retención debe generar inmediatamente el asiento en tu auxiliar y la alerta de entero correspondiente.
Ejemplo consolidado: empresa de consultoría con 8 proveedores fijos. Retenciones mensuales practicadas: L 62,500. Entero al SAR: antes del plazo. Constancias emitidas: 8 por mes. Al año: 96 constancias, L 750,000 enterados. Si pierde el control de 3 constancias en un trimestre, 3 proveedores pierden L 93,750 en créditos, un daño relacional y fiscal que se previene con un auxiliar actualizado diariamente. Usa la calculadora de retenciones para verificar montos antes de cada pago.
Cómo Nompli te ayuda con retenciones
Nompli etiqueta retenciones por proveedor/cliente y las cruza con facturas y pagos para que el cierre no dependa de hojas de cálculo sueltas. Combina con la calculadora de retenciones y el calendario tributario.
Disclaimer
Tasas de retención, hechos generadores y plazos pueden actualizarse. Ejemplos en lempiras; no constituye asesoría fiscal. Confirma en sar.gob.hn.