DGII · IVAEl Salvador16 de julio de 202617 min

Retenciones de IVA e ISR ante la DGII en El Salvador: guía para pymes

Cuándo aplica retención ante la DGII, cómo registrarla, qué constancias pedir y cómo evitar pagar dos veces el mismo impuesto.

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Equipo Nompli

Retenciones de IVA e ISR ante la DGII en El Salvador: guía para pymes

Introducción: retenciones como mecanismo de recaudo anticipado

En El Salvador, las retenciones de IVA e ISR son un mecanismo por el cual ciertos contribuyentes (agentes de retención) descuentan un porcentaje del pago que hacen a proveedores o prestadores de servicios y lo enteran directamente al Ministerio de Hacienda. El objetivo es anticipar la recaudación y reducir la evasión.

Para la pyme, las retenciones operan en dos direcciones: como retenedor (cuando pagas a terceros y debes practicar la retención) y como retenido (cuando tus clientes te descuentan un porcentaje y te entregan una constancia). En ambos casos, el control documental es la diferencia entre cumplir correctamente y pagar dos veces el mismo impuesto o cargar con sanciones.

Esta guía cubre ambos roles con ejemplos en dólares, checklist de cierre y errores frecuentes. Si buscas la guía integral de IVA, lee /blog/iva-dte-el-salvador-guia-pymes; para ISR, /blog/isr-el-salvador-freelancers-pymes.

¿Cuándo aplica retención de IVA?

La retención de IVA aplica cuando un gran contribuyente o agente designado por Hacienda paga a un proveedor contribuyente por bienes o servicios gravados. El porcentaje de retención (usualmente 1% del valor gravado, pero confirma la tasa vigente) se descuenta del pago y se entera a Hacienda por cuenta del proveedor.

Si eres un freelancer que factura a una empresa grande, es probable que te retengan IVA. Esa retención aparece en tu factura cobrada y la descontarás en tu F-07 del período. Sin la constancia de retención, no puedes acreditar ese monto y terminas pagando más IVA del que debes.

¿Cuándo aplica retención de ISR?

La retención de ISR aplica típicamente cuando contratas servicios profesionales (abogados, contadores, consultores, desarrolladores) u otras operaciones que la ley define como sujetas a retención. El agente de retención descuenta un porcentaje del pago bruto y lo entera a Hacienda.

Para el profesional retenido, esa retención es un anticipo de su ISR anual. La registra como crédito y la descuenta en su declaración anual. Si no archiva las constancias o su NIT está mal registrado, pierde ese crédito y termina pagando el ISR completo más lo que ya le retuvieron.

Dos sillas: retenedor vs retenido

Como retenido: registra el ingreso bruto, la retención y el neto recibido. Archiva la constancia con NIT, monto, período y tipo de impuesto. Cruza con tu DTE emitido. En el F-07 descuenta la retención de IVA; en la declaración anual del ISR, descuenta las retenciones de ISR sufridas.

Como retenedor: practica la retención sobre el monto correcto, emite constancia al proveedor, declara y entera el monto retenido dentro del plazo y guarda evidencia del pago. Si omites la retención cuando corresponde, la deducción del gasto se debilita y cargas con responsabilidad como agente.

Ejemplo numérico: retención de IVA a freelancer

Empresa gran contribuyente contrata diseñador freelancer por $3,000.00 + IVA $390.00. El agente retiene 1% de IVA sobre el valor gravado: $30.00. Paga al freelancer $3,360.00 ($3,390.00 − $30.00). El freelancer declara en su F-07 débito de $390.00, crédito de sus compras y resta los $30.00 retenidos.

Si el freelancer pierde la constancia, paga $30.00 de más cada mes. En 12 meses son $360.00 que ya salieron de su factura pero que no puede acreditar sin evidencia.

Ejemplo numérico: retención de ISR por honorarios

Pyme contrata abogado independiente por $2,000.00. Si la norma exige retener 10% de ISR: $200.00. La pyme paga $1,800.00 netos + IVA. Entera $200.00 a Hacienda y emite constancia. El abogado registra los $200.00 como crédito contra su ISR anual.

Si la pyme no retiene, pierde solidez en la deducción del gasto de $2,000.00 y se expone como agente. Si el abogado no archiva la constancia, no puede descontar esos $200.00 al cierre. Ambos pierden por la misma omisión.

Ejemplo numérico: pyme como agente de retención masivo

Empresa de limpieza contrata 15 proveedores mensuales. Total honorarios: $20,000.00. Retenciones ISR practicadas: $2,000.00. Retenciones IVA practicadas: $200.00. Si no entera esos $2,200.00 en plazo, la sanción recae sobre la empresa como agente, no sobre los proveedores. Además, los $20,000 en honorarios pierden respaldo como gasto deducible si falta la retención.

El control requiere un auxiliar mensual por proveedor: monto bruto, retención ISR, retención IVA, neto pagado, fecha de pago y constancia emitida. Sin ese registro, el cierre se vuelve reconstrucción. Cada proveedor debe tener su línea en el auxiliar con datos verificados contra DTE y transferencia bancaria.

Constancias y cruce documental

Pide y archiva constancias con NIT, montos y período correctos. Un desfase de mes o un NIT mal escrito invalida el beneficio práctico. Concilia mensualmente: facturado vs cobrado vs retenido. Esa tríada evita sorpresas en la declaración de IVA o de ISR.

Lleva el auxiliar en digital: proveedor/cliente, NIT, tipo de retención, monto, período, estado (enterada/pendiente). Cruza con DTE y con extractos bancarios antes de declarar. Cuando el auxiliar cuadra con la cuenta bancaria y con los DTE, sabes que tu declaración reflejará la realidad. Cuando hay descuadres, hay errores que debes resolver antes de presentar.

Retención y facturación electrónica: DTE 2.0

Con la normativa DTE 2.0 vigente en 2026, las retenciones deben reflejarse correctamente en la factura electrónica. El XML del DTE contiene campos específicos para retenciones aplicadas, lo que permite a Hacienda cruzar de manera automatizada las retenciones declaradas por el agente con las acreditadas por el retenido. Cualquier diferencia entre ambas genera una observación.

Cuando emites un DTE con retención, asegúrate de que los campos de retención del XML coinciden con el monto efectivamente descontado y con la constancia emitida. Un error en el XML no se corrige tachando: requiere nota de crédito o invalidación según corresponda. La coherencia entre DTE, pago bancario, constancia y declaración es lo que sostiene tu posición ante una revisión.

Los contribuyentes con sistema propio de facturación deben confirmar que su software genera correctamente los campos de retención según la versión DTE 2.0. Un proveedor de facturación que no actualice puede generar DTE con campos de retención incorrectos o vacíos, y la responsabilidad es del contribuyente emisor.

Impacto de las retenciones en tu flujo de caja

Las retenciones afectan el flujo de caja en ambas direcciones. Como retenido, recibes menos dinero del que facturas, la diferencia la tiene Hacienda como anticipo de tu impuesto. Si no lo consideras al proyectar tu caja, tus números de cobro estarán inflados respecto a lo que realmente ingresa a tu cuenta.

Como agente de retención, cobras el monto completo pero debes apartar la retención para enterarla a Hacienda. Si gastas ese dinero como capital de giro, llegas al vencimiento sin liquidez para el entero. Trata las retenciones practicadas como dinero de terceros: apártalas el mismo día del pago al proveedor.

Planifica tu flujo mensual incluyendo las retenciones como partida fija. Para un negocio que practica retenciones a 10 proveedores mensuales por un total de $3,000, ese monto debe estar reservado en la fecha de entero, no comprometido en inventario o nómina.

Auxiliar de retenciones: estructura y conciliación

El auxiliar de retenciones es un registro paralelo que detalla cada retención practicada y sufrida durante el período. La estructura mínima incluye: fecha de la operación, NIT del agente o del retenido, tipo de retención (IVA o ISR), monto bruto de la operación, tasa aplicada, monto retenido, neto pagado o cobrado, número de DTE asociado, número de constancia y estado del entero (pagado o pendiente). Mantén una línea por operación, no por proveedor.

Al cierre del mes, concilia el auxiliar con tres fuentes: (1) extracto bancario (confirma que los netos pagados coinciden con lo registrado), (2) DTE emitidos y recibidos (confirma que las bases y montos de retención cuadran), y (3) constancias archivadas (confirma que tienes evidencia de cada retención sufrida). Si las tres fuentes coinciden, tu declaración reflejará la realidad. Si hay descuadres, identifícalos y resuélvelos antes de presentar.

Para pymes que manejan más de 10 proveedores sujetos a retención, un auxiliar manual en Excel se vuelve riesgoso. Nompli automatiza el registro y cruza los datos contra los DTE y los movimientos bancarios para que las diferencias aparezcan antes de la declaración, no después de una revisión de Hacienda.

Relación entre retenciones e ISR anual

Las retenciones de ISR sufridas durante el año son créditos contra tu ISR anual. En la declaración anual, sumas todas las retenciones con constancia válida y las restas del ISR determinado, junto con los pagos a cuenta F-14. Si los créditos superan el impuesto, tienes saldo a favor que puedes solicitar en devolución o acreditar al siguiente ejercicio.

Para que Hacienda acepte el crédito por retenciones, la constancia debe tener tus datos correctos, la tasa aplicada debe corresponder a la norma vigente y el agente debe haber enterado el monto retenido. Si tu cliente retuvo pero no enteró, la disputa es entre Hacienda y el agente, no contigo, pero necesitas la constancia para sostener tu posición.

Planifica tu ISR anual incluyendo las retenciones como parte del cálculo desde el primer trimestre. Si al tercer trimestre tus retenciones y pagos a cuenta ya cubren el ISR estimado, puedes modular la caja del último trimestre sabiendo que no tendrás un saldo grande por pagar al cierre. Profundiza en /blog/isr-el-salvador-freelancers-pymes.

Errores frecuentes con retenciones

No enterar la retención: el monto retenido es deuda con Hacienda desde el momento en que lo descontaste del pago al proveedor. La sanción por entero tardío incluye recargos e intereses que aumentan cada día. Aplicar tasa incorrecta: genera diferencias que Hacienda detecta al cruzar la retención declarada por el agente con la acreditada por el retenido.

Perder constancias: el retenido pierde el crédito y termina pagando doble el impuesto que ya le descontaron. Pide copia digital siempre y archiva con fecha y NIT del agente. No conciliar retenciones con DTE: montos distintos entre factura, pago y retención generan inconsistencias en F-07 y en la declaración anual.

Acumular ajustes para después: corrige en el período correspondiente; la acumulación multiplica sanciones y complejidad de corrección. Asumir que tu operación nunca está sujeta a retención: verifica cada nueva relación comercial con la norma vigente y con tu contador antes de fijar condiciones de pago.

Checklist de retenciones mensual

1. Identifica operaciones sujetas a retención (IVA e ISR) revisando cada factura y contrato del período. 2. Practica retención sobre la base correcta con la tasa vigente verificada en mh.gob.sv. 3. Emite constancia al proveedor con NIT, monto, período y tipo de impuesto correctos. 4. Declara y entera el monto retenido dentro del plazo legal.

5. Registra retenciones sufridas y cruza cada una con su DTE y el pago bancario correspondiente. 6. Concilia el auxiliar de retenciones con extracto bancario y con DTE emitidos y recibidos. 7. Archiva todo en carpeta digital por período: constancias, DTE, comprobantes de pago y acuse de declaración. 8. Usa la calculadora de retenciones como apoyo aritmético.

9. Revisa el calendario tributario para confirmar la fecha de entero del próximo período y marca una alerta interna tres días antes del vencimiento para tener margen de corrección ante cualquier inconsistencia detectada a último momento.

Preguntas frecuentes

¿La retención que me aplican es gasto?

No: es un pago a cuenta de tu impuesto. La descuentas en tu declaración, no la deduces como gasto. ¿Qué pasa si mi cliente no me da constancia? Insiste y documenta tu solicitud; sin constancia, pierdes el crédito.

¿Puedo compensar retenciones de IVA con ISR?

Son impuestos distintos; cada retención se acredita contra su propio impuesto. ¿El agente puede no retener si el proveedor se lo pide? Si la norma obliga a retener, el agente no puede omitirla por acuerdo comercial.

Cómo Nompli te ayuda

Nompli etiqueta retenciones por proveedor/cliente y las cruza con DTE y pagos para que el cierre no dependa de hojas de cálculo sueltas. Combina con calculadora de retenciones y calendario tributario.

Disclaimer

Tasas de retención, hechos generadores y plazos pueden actualizarse. Ejemplos en USD, no constituye asesoría fiscal. Confirma en mh.gob.sv y factura.gob.sv.

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