Formulario 110 renta sociedades DIAN 2026: casillas, UVT y paso a paso
Cómo armar y presentar el Formulario 110 de renta de sociedades ante la DIAN en 2026: período gravable, rentas, costos, anticipos, saldo a cargo o a favor y conciliación con contabilidad. Distinto del Formulario 110 boliviano.
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Equipo Nompli

El 110 colombiano es renta de sociedades ante la DIAN, no el F110 de Bolivia
En Colombia, el Formulario 110 es el instrumento típico con el que muchas sociedades y asimiladas declaran el impuesto sobre la renta y complementarios ante la DIAN. No es un resumen informal de utilidad ni un PDF decorativo.
Ojo editorial: Bolivia tiene un Formulario 110 distinto ante el SIN. Si llegaste buscando el F110 boliviano, esta guía no aplica. Aquí hablamos solo de DIAN Colombia y del instructivo vigente en dian.gov.co.
Ya existen guías de renta para personas naturales. Esta nota entra al 110 de sociedades: quién declara, lógica de casillas, anticipos, conciliación con factura electrónica e información exógena, y errores que el portal no perdona.
Antes de abrir casillas, cierra la pregunta de negocio: ¿tus estados financieros del año están cerrados y cuadrados con auxiliares? Si el 110 se arma desde un Excel paralelo, el cruce con exógena y con FE te encuentra.
Quién presenta Formulario 110 y quién no debe inventar uno
Personas jurídicas (SAS, Ltda., S.A. y asimiladas) del régimen ordinario suelen estar obligadas a declarar renta con el formulario que corresponda a su calidad. Confirma en el RUT y en el instructivo si te aplica el 110 u otro formulario del año.
Si estás en Régimen Simple, el carril de renta/anticipos puede ser distinto. No copies el 110 del ordinario: Régimen Simple.
Sucursales de sociedad extranjera, entidades especiales y contribuyentes con calidades mixtas tienen matices. Esta guía habla el idioma pyme societaria colombiana.
Actualiza responsabilidades antes de declarar: RUT actualizar. Un RUT desactualizado produce casillas y obligaciones equivocadas.
Calendario, último dígito del NIT y UVT: no declares con la fecha del vecino
Los vencimientos de renta de sociedades dependen del calendario que publique la DIAN según el último dígito del NIT. No uses la fecha del contador del edificio ni un recuerdo de 2024.
Agenda el bloque en el calendario tributario. El 110 no se arma el mismo día del vencimiento si el año contable aún no cerró.
La UVT del año gravable y del año de presentación importan para límites, sanciones y algunas casillas. Confirma el valor vigente en dian.gov.co. No inventes UVT de memoria ni de un chat.
Si presentas fuera de plazo, el problema no es solo la sanción: es el desfase con anticipos, retenciones y exógena. Ordena el expediente antes de pelear con el botón de firma.
Ingresos, costos y deducciones: lo que la contabilidad puede probar
El 110 traduce hechos económicos del año gravable. Ingresos fiscales no siempre coinciden renglón a renglón con ingresos contables; por eso existe conciliación. Documenta diferencias con criterio escrito.
Costos y deducciones exigen soportes: factura electrónica, documento soporte cuando aplique, nómina, contratos, extractos. Sin soporte, el renglón es opinión. Guía relacionada: documento soporte.
No inventes tarifas de renta ni porcentajes de deducción. Confirma el Estatuto Tributario y el instructivo del formulario del año. Estima solo como apoyo con la calculadora de ISR.
Operaciones con vinculados, precios de transferencia y rentas de fuente extranjera son capas aparte. Si tu sociedad las tiene, detén el bricolaje y trabaja con el estudio contable.
Anticipos, retenciones y autorretenciones: el puente de caja del año
Durante el año pagaste anticipos, sufriste retenciones o practicaste autorretenciones. Esos valores suelen ser pago a cuenta de la renta. Deben cuadrar con certificados, extractos y formularios periódicos.
Autorretención: autorretención de renta. Retenciones en la fuente: confirma tablas vigentes en dian.gov.co y en tabla de retención; no copies porcentajes de un PDF viejo.
Si el certificado del agente no llega, reclámalo. Declarar un anticipo sin soporte es sembrar un rechazo en fiscalización.
Saldo a favor de años anteriores solo se usa si sigue vigente y documentado. No arrastres un favor fantasma porque el Excel del 2023 lo dice.
Conciliación con factura electrónica, IVA y exógena
La DIAN cruza. Tus ingresos del 110 deben poder dialogar con el universo de factura electrónica del año y con lo reportado en información exógena. Guía: información exógena.
El IVA (Formulario 300) no es la renta, pero las ventas gravadas y las compras dejan huella. Si el 300 y el 110 cuentan historias opuestas de ingresos, prepara explicación. Guía IVA: Formulario 300.
Nómina electrónica y costos de personal deben coherir con lo deducido. Guía: nómina electrónica pymes.
Conciliación FE e IVA: conciliar factura electrónica con IVA. Haz el mismo rigor con renta: un solo universo documental del año.
Paso a paso operativo para armar el 110
1) Cierra estados financieros del año gravable. 2) Prepara conciliación fiscal. 3) Reúne certificados de retención y autorretención. 4) Cuadra ingresos con FE. 5) Revisa exógena ya presentada o por presentar.
6) Abre el formulario vigente en los servicios informáticos de la DIAN. 7) Completa casillas según instructivo, sin inventar tarifas. 8) Valida. 9) Firma con el mecanismo vigente (firma electrónica / certificado). 10) Presenta. 11) Paga si hay saldo a cargo. 12) Archiva acuse y XML/PDF.
Certificado de firma vencido el día del vencimiento es un clásico: certificado de firma DIAN. Renuévalo semanas antes.
Marca la tarea en el checklist fiscal mensual y agenda hitos del año en el calendario. El 110 es anual, pero se construye los doce meses.
Congela el borrador del 110 al menos cuarenta y ocho horas antes de firmar. Esa pausa permite detectar un anticipo omitido o un ingreso FE no conciliado sin la presión del último clic del calendario DIAN.
Saldo a cargo, saldo a favor y facilidad de pago
Si sale saldo a cargo, págalo por los canales oficiales dentro de los plazos. Presentar sin pagar no cierra el riesgo de intereses y cobro.
Si no puedes pagar de contado, evalúa la facilidad de pago / acuerdo DIAN. No improvises cuotas por fuera del mecanismo oficial.
Si sale saldo a favor, no es devolución automática. Puede arrastrarse, pedirse en devolución o usarse según reglas vigentes. Confirma el camino en dian.gov.co. Relacionado: devolución saldo a favor IVA (otro impuesto; no lo mezcles con renta sin criterio).
Consulta tu estado de cuenta: estado de cuenta DIAN. El 110 y la deuda deben cuadrar después del pago.
Ejemplo ilustrativo: SAS comercial con FE densa
Una SAS en Medellín vende con factura electrónica todo el año, tiene autorretención y le retienen clientes grandes. Si arma el 110 solo con el estado de resultados sin certificados, el anticipo queda corto o inflado.
El ritual sano es conciliar ingresos FE, sumar certificados, aplicar la conciliación fiscal y recién firmar. Los números del ejemplo son didácticos, no UVT ni tarifas oficiales.
Si la SAS espera a abril para pedir certificados, llega tarde. Pídelos en enero con lista de NIT.
Estructura societaria: si aún eliges figura, lee guías de SAS en el blog, pero el 110 asume que ya eres persona jurídica obligada.
Ejemplo ilustrativo: sociedad de servicios con pocos clientes
Una Ltda. de software factura a tres empresas. El volumen de FE es bajo, pero el monto es alto. El riesgo no es el volumen: es omitir un anticipo o deducir un gasto sin soporte.
Si hay pagos al exterior por servicios, aparecen retenciones y reportes adicionales. No copies el 110 de una tienda local.
Freelancers que operan como sociedad: el hábito de carpeta importa igual que en persona natural. Ordena certificados mes a mes.
Estima con calculadora de ISR solo para conversación interna. El 110 se llena con instructivo y contabilidad, no con la calculadora.
Errores que rompen el año (y cómo evitarlos)
Usar formulario o instructivo del año anterior. Inventar UVT. Omitir anticipos. Deducir sin FE. Ignorar exógena. Firmar con certificado vencido. Presentar sin pagar. Confundir este 110 con el boliviano en materiales internos.
Corregir a ciegas después: sigue corrección de declaración DIAN con criterio escrito.
Mezclar caja con renta: cobraste y por eso no declaras el ingreso del año. El impuesto sigue el hecho fiscal, no tu liquidez del viernes.
Dejar el acuse en Descargas. Archiva en la carpeta del año gravable con nombre NIT-110-AAAA.
Firmar sin que un segundo par de ojos revise totales materiales. En pymes chicas, esa segunda mirada puede ser tu contador externo con un ok por escrito.
Checklist de doce puntos y cómo te ayuda Nompli
1. Calidad de contribuyente confirmada (110 DIAN, no F110 BO). 2. EEFF cerrados. 3. Conciliación fiscal. 4. Certificados de retención/autorretención. 5. FE cuadrada. 6. Exógena alineada.
7. UVT y tarifas confirmadas en dian.gov.co. 8. Formulario vigente. 9. Firma válida. 10. Presentación con acuse. 11. Pago o facilidad gestionada. 12. Carpeta del año cerrada.
Si un punto queda en rojo, no firmes para salir del paso. Pymes: para pymes.
Nompli te ayuda a ver montos, fechas y tareas de cierre. Nompli no presenta el Formulario 110 ni firma ante la DIAN. La declaración la haces tú o tu contador en los servicios oficiales.
Preguntas frecuentes
¿Este Formulario 110 es el mismo de Bolivia?
No. Bolivia tiene otro F110 ante el SIN. Esta guía es DIAN Colombia renta sociedades.
¿El 110 sustituye el Formulario 300 de IVA?
No. Son impuestos y períodos distintos. Ver Formulario 300.
¿Puedo presentar sin certificado de firma?
Confirma el mecanismo vigente en dian.gov.co. En la práctica, sin firma válida no cierras el envío.
¿Qué hago si no puedo pagar el saldo?
Evalúa facilidad de pago.
¿SIMPLE usa el mismo 110?
No asumas. Confirma en Régimen Simple y en la DIAN.
¿Nompli presenta el 110 por mí?
No. Nompli organiza; el envío es tuyo en la DIAN.
Aviso legal
Guía educativa para sociedades en Colombia. No sustituye el Estatuto Tributario, el instructivo del Formulario 110 DIAN ni la opinión de tu contador.
UVT, tarifas, casillas, plazos y pantallas cambian. Confirma siempre en dian.gov.co. Los ejemplos son ilustrativos. No uses tarifas de memoria.
Nompli no presenta declaraciones ante la DIAN. El cumplimiento oficial ocurre en los servicios informáticos y canales de pago autorizados.
Si tu caso mezcla precios de transferencia, rentas del exterior, fusión, o un proceso de fiscalización abierto, detén el cierre y resuélvelo por escrito con un profesional.


